El contrato de arras o señal que se entrega para la compraventa de un bien supone que tanto el comprador como el vendedor tienen derecho a rescindir unilateralmente dicha compraventa, con la simple condición de que si el comprador rescinde el contrato perderá lo entregado como arras o señal, y si es el vendedor el que rescinde la compraventa, deberá devolver al comprador una cantidad igual al doble de lo entregado como arras o señal.